Las patronales de construcción e ingeniería piden que la regulación jurídica de Tragsa y Tragsatec «limite sus encargos»
SEVILLA 24 Oct. (EUROPA PRESS) –
La Federación Andaluza de Empresarios de la Construcción (Fadeco) y la Asociación Empresarial de Ingenieros Consultores de Andalucía (Asica) han formulado alegaciones conjuntas para que «el proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla el régimen jurídico de Tragsa y Tragsatec» limite sus encargos. El sector de la construcción y la ingeniería ha expresado «su preocupación y descontento», por lo que «insta al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a tomar medidas para garantizar un mercado justo y competitivo».
Según ha detallado la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA) en una nota, estas compañías –creadas con el objetivo inicial de cubrir situaciones de emergencia y asistencia técnica en el ámbito rural–, han ampliado «significativamente su ámbito de actuación, llegando a generar una competencia desleal con las empresas privadas del sector». Las patronales del sector de la ingeniería y de la construcción en Andalucía señalan que las adjudicaciones directas de contratos a Tragsa y Tragsatec «están provocando distorsiones en el mercado».
Además, han acusado a estas entidades de adjudicarse proyectos «que no corresponden a situaciones de urgencia, sino a obras y servicios que bien podrían ser ejecutados por empresas privadas a través de procesos competitivos y transparentes». Por ello, Fadeco y Asica han denunciado que «no es más que un intento de blanquear muchas de las actuaciones».
De este modo, han manifestado «la falta de alusión expresa, en la regulación del régimen jurídico las entidades», al mecanismo de control «encargo a encargo». Además, han solicitado «una regulación más precisa de las funciones de la Comisión de Control Conjunto previstas en el proyecto de Real Decreto, pues la propuesta de regulación no garantiza el control efectivo sobre la actividad de las empresas».
Al hilo de esto, Fadeco y Asica han propuesto «la modificación del modelo de representación de la Comisión de Control Conjunto para garantizar que todos los poderes adjudicadores puedan ejercer un control análogo conjunto efectivo sobre el medio propio». Por otro lado, han exigido «la eliminación de la regulación de dos supuestos de presunción de urgencia no previstos en la Ley de Contratos del Sector Público», ya que «no hacen referencia a la declaración de urgencia».
Asimismo, también han detectado un «carácter irregular de la regulación masiva de las tarifas de aquellos encargos que no están comprendidos en el objeto social» para que, «conforme se sucedan los encargos, las tarifas aprobadas abarquen más ámbitos de actuación». Por ello, han expuesto que «es ilegal que una Administración que no controla a Tragsa ni a Tragsatec, reciba y pague sus servicios porque otra que sí lo controla le «preste» su medio propio mediante un convenio de colaboración».
Finalmente, la CEA ha incidido en «la preocupación que a ambas entidades genera el hecho de que el proyecto de Real Decreto permita sobrepasar el límite del 50% de subcontratación de las prestaciones parciales de los encargos, normalizando esta posibilidad con carácter ordinario y sin necesidad de motivación, para los supuestos previstos, en contradicción con lo previsto en la Ley de Contratos del Sector Público».