La Fiscalía pide la nulidad de la sentencia por el atropello mortal en Castelar
La acusación particular solicita que los dos conductores implicados sean condenados por homicidio doloso y el cooperador necesario reclama su absolución
SANTANDER, 1 Nov. (EUROPA PRESS) –
La Fiscalía de Cantabria solicita la nulidad de la sentencia por el atropello mortal en la calle Castelar de Santander, ocurrido en febrero de 2023 y en el que falleció un joven motorista, y por el que los conductores de los turismos involucrados en el accidente fueron condenados por la Audiencia Provincial a 5 y 4 años de prisión, tras ser considerados culpables de homicidio imprudente por el tribunal del jurado que enjuició los hechos el pasado mes de mayo.
Por su parte, la acusación particular, ejercida por familiares de la víctima, que tenía 19 años, solicita que los dos procesados sean condenados como autores de un delito de homicidio doloso, en tanto que el acusado considerado cooperador necesario del siniestro reclama su absolución.
Ambos conducían por el centro de la capital cántabra a gran velocidad cuando mantenían una carrera o pique y uno de los dos, el considerado autor material de los hechos, colisionó con el motorista, que circulaba correctamente y murió en el acto.
Tras la vista oral de mayo, la sentencia se dictó en junio y este próximo lunes, 4 de noviembre, a las 10.00 horas, la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria celebrará la vista de apelación de los recursos de las partes al fallo de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial.
En la sesión se expondrán los recursos presentados por el ministerio público, la acusación particular y uno de los acusados contra el fallo condenatorio por un delito contra la seguridad vial en concurso con otro de homicidio imprudente.
Las penas fueron impuestas por el magistrado de la Sección Tercera de la Audiencia cántabra que presidió el tribunal del jurado que, tras deliberar durante cerca de doce horas, emitió su veredicto en la madrugada del 14 de mayo y declaró por unanimidad culpables a los dos, por varios delitos contra la seguridad vial y homicidio imprudente, uno de ellos con la agravante de reincidencia. Además, tendrán que indemnizar a los familiares en cerca de 350.000 euros.
También, al principal procesado -B.B., cuyo Audi negro colisionó contra la moto-, se le impuso una multa de casi 6.000 euros; y al segundo involucrado -A.B., que iba en un Golf rojo-, de más de 4.000 euros. Igualmente, se les prohibió conducir vehículos a motor durante diez y ocho años, respectivamente, lo que en la práctica implica la pérdida de vigencia del carné.
El principal procesado tiene antecedentes penales relacionados con la seguridad vial por conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes, conducción temeraria, conducción sin permiso, resistencia o desobediencia a la autoridad –una condena en 2017 y otra en 2020–, por lo que se le condenó por un delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción con manifiesto desprecio por la vida de los demás del artículo con la agravante de reincidencia, en concurso con otro delito contra la seguridad vial y un delito de homicidio imprudente.
Mismos delitos que se le imputaron al segundo conductor, aunque en su caso sin la circunstancia agravante. El primero lleva en prisión preventiva desde el accidente y el segundo continúa en libertad provisional.
CARRERA A GRAN VELOCIDAD
Tal y como consideró el jurado, antes del accidente B.B. y A.B circulaban por la calle Antonio López y se encontraron en el semáforo frente a la estación del ferry cuando iniciaron un pique que discurrió por el túnel del Centro Botín, por el que iban a «una velocidad superior a 100 km/h».
Antes de la rotonda de Puertochico, el que iba el último sobrepasó al anterior, «accediendo ambos la misma a gran velocidad y sin respetar la preferencia de otro vehículo que circulaba por ella y que tuvo que parar para no chocar» –así lo testificaron el conductor y la copiloto en la vista oral–.
Así las cosas, B.B. accedió a Castelar a más de 100 km/h, cuando lo establecido es 40 km/h, y al salir de la rotonda colisionó contra la mediana que separa los carriles de ambas direcciones, perdió el control del Audi -que circuló por encima de la mediana- e invadió el carril contrario, por donde circulaba la víctima con su moto a 44 km/h.