La CNMC abre un expediente sancionador contra Telefónica
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha iniciado un expediente sancionador contra Telefónica por un «posible incumplimiento de los compromisos adquiridos» cuando compró DTS —antigua Sogecable— en 2015, según ha informado este jueves la entidad reguladora.
El 22 de abril de 2015, la CNMC autorizó la operación de concentración, condicionada a que Telefónica cumpliera una serie de compromisos, que se prorrogaron por un periodo adicional de tres años por la resolución de 9 de julio de 2020. Entre ellos, la empresa de telecomunicaciones se comprometió a limitar la duración de los contratos de adquisición en exclusiva de contenidos audiovisuales deportivos a tres años.
El organismo presidido por Cani Fernández ha destacado que esta resolución forma parte de la labor de vigilancia que la CNMC realiza para verificar que Telefónica cumple con los compromisos para la aprobación de la toma del control exclusivo de DTS. El objetivo de las obligaciones asumidas por Telefónica, según la CNMC, es preservar la competencia en los mercados afectados por esta operación de concentración.
Contrato de Telefónica con La Liga
En febrero de 2024, la CNMC declaró la existencia de indicios de incumplimiento de este compromiso en el contrato entre Telefónica y la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LNFP) de fecha 19 de enero de 2022. La compañía firmó un contrato con La Liga por el que le cede en exclusividad los derechos de emisión, explotación audiovisual y comercialización de determinados partidos y contenidos de Primera División, destinados a sus abonados o clientes de uso privado o residencial.
Este contrato incluye los derechos correspondientes a los lotes D.1.Bis y D.3.Bis de la licitación organizada por LNFP en noviembre de 2021. El primero de ellos, incluye cinco partidos en directo cada jornada del campeonato, excepto en tres de las 38 jornadas. El segundo lote consta de diez partidos en directo correspondientes a tres jornadas para la temporada 2022/23 y las siguientes.
Con todo, la CNMC ha subrayado que la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Además, ha informado que ahora se abre un periodo máximo de tres meses para la instrucción y resolución del expediente por Competencia.