España salva dos laudos por las renovables de 72 millones

España salva dos laudos por las renovables de 72 millones




Pequeño respiro para el Gobierno con los problemas legales derivados del fin a las ayudas renovables de la pasada década. Tras unos meses con diversas sentencias en contra por el impago a las inversiones realizadas en esta tecnología, por fin llegan buenas noticias.

El Ministerio para la Transición ha comunicado que el pasado viernes, día 11 de octubre, se dictaron dos laudos arbitrales en los que los tribunales arbitrales apreciaron que no tenían jurisdicción para conocer de disputas de inversión entre inversores de la Unión Europea y España. Los inversores en cuestión eran Sapec, sociedad domiciliada en Bélgica; y European Solar Farms, constituida con arreglo a las leyes de Dinamarca.

Según destacan fuentes del ministerio dirigido todavía por Teresa Ribera, «es la primera vez que Tribunales arbitrales Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi) aprecian la falta de jurisdicción para conocer de disputas de inversión puramente europeas».

Explican que «los laudos, con razonamientos muy similares, señalan que el Tratado sobre la Carta de la Energía (TCE) tiene el significado propugnado por España y la Comisión Europea, según el cual la participación de la UE en el TCE, como organización regional de interés económico, introdujo en su ámbito de aplicación la supremacía del Derecho de la UE en el ámbito de las competencias transferidas por los Estados miembros a la UE».

En la parte económica, en total, los inversores reclamaban más de 72 millones de euros de indemnización y más de 8 millones en costas. En el caso de Sapec, la cuantía reclamada ascendía a 27,4 millones más intereses y casi 4 millones de costas, y en el caso de ESF, los inversores solicitaban una indemnización de 45,1 millones más intereses y más de 4 millones en costas.

En estos procedimientos, España ha estado representada y defendida por la Abogacía del Estado (Departamento de Arbitrajes Internacionales). Estos dos laudos se suman a la tendencia ya iniciada por el tribunal constituido bajo las reglas de la Cámara de Comercio de Estocolmo SCC en el caso GreenPower contra el Reino España, el cual declaró por primera vez la falta de jurisdicción para conocer de disputas intra-UE bajo el TCE.

Según el ministerio «se cierra el debate sobre supuestas distinciones de tratamiento entre los tribunales constituidos bajo las reglas Ciadi y las reglas de dicha Cámara. Hasta la fecha, España también ha conseguido anular ante los Tribunales suecos tres laudos en los que los tribunales arbitrales apreciaron de manera errónea su jurisdicción para conocer de disputas de inversión europeas».

Fuente: www.abc.es