El subsidio por desempleo sube su cuantía a partir de esta fecha

El subsidio por desempleo sube su cuantía a partir de esta fecha




La reforma del nivel asistencial de desempleo pactada entre el Gobierno y los sindicatos está a punto de entrar en vigor. En ella, la reforma del componente 23 del Plan de Recuperación, centrada en el nivel asistencial de las ayudas a parados, modifica la cuantía y el periodo máximo del subsidio por desempleo.

Este subsidio se otorga a quienes han agotado el paro o no tienen derecho a cobrarlo debido a que no reúnen los requisitos por no haber cotizado lo suficiente.

En este sentido, la duración del subsidio está determinada por el número de meses cotizados y en su cuantía pueden intervenir factores como la existencia o no de responsabilidades familiares. La reforma del subsidio por desempleo dio acceso además a nuevos colectivos.

  • Menores de 45 años sin responsabilidades familiares

  • Trabajadores agrarios eventuales

  • Trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla

  • Los españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva

  • Mayores de 16 años víctimas de violencia de género o sexual

Para poder acceder al subsidio por desempleo es necesario haber agotado la prestación contributiva por desempleo o encontrarse en situación legal de desempleo sin tener cubierto el periodo mínimo de cotización, no encontrarse en supuesto de incompatibilidad o no tener rentas propias.

Las nuevas cuantías del subsidio por desempleo

Hasta ahora, la duración máxima del subsidio era de 180 días, no podía percibirse en más de una ocasión y se sitúa en el 80% del IPREM actual (480 euros) durante todo el periodo. Con la reforma se extiende hasta los 30 meses -en el caso de tener responsabilidades familiares- o seis meses si se es menor de 45 años cuando se agote la prestación por desempleo, el paro, y se cumplan las condiciones de no tener ingresos suficientes.

La cuantía del subsidio por desempleo pasa a ser decreciente, quedando conformada de la siguiente manera.

  • Seis primeros meses: 95% IPREM (570 euros del IPREM)

  • Seis meses siguientes: 90% IPREM (540 euros)

  • Resto del período: 80% IPREM (480 euros)

Cuándo entran en vigor estas nuevas cuantías

La reforma entra en vigor a partir del 1 de noviembre y afecta a los subsidios que se tramiten a partir de entonces.

Fuente: www.abc.es