El jurado declara culpables de asesinato a tres de los cinco acusados por la muerte de Samuel y otro como cómplice

El jurado declara culpables de asesinato a tres de los cinco acusados por la muerte de Samuel y otro como cómplice




Por unanimidad, no se considera coautora de ningún delito a la única mujer

A CORUÑA, 24 (EUROPA PRESS)

El jurado del juicio por la paliza mortal a Samuel Luiz ha declarado culpable de asesinato a tres de los cinco jóvenes juzgados por estos hechos, ocurridos en la madrugada del 3 de julio de 2021 en el paseo marítimo coruñés, y como cómplice a otro de los acusados mientras que ha absuelto a la única mujer juzgada.

En el caso de los tres primeros se trata de Diego M.M., la persona que inició la agresión; Alejandro F.G., a quien se atribuyó agarrarlo por el cuello y por la espalda, y Kaio A.S.C., que algún testigo situó como el que cargó la pierna para lanzar una patada. Los tres estaban ya en prisión.

Como cómplice de asesinato, y por siete votos, a Alejandro M.R., del que algún testigo dijo que estaba en el núcleo de la agresión sin confirmar si pegó. Él, como Catherine S.B., estaba en libertad con obligación de comparecencias. A ella, por unanimidad, se la considera no culpable ni como coautora ni como cómplice.

En el caso de los dos primeros, el jurado los considera, por unanimidad, coautores de delito de asesinato con alevosía, en base a la pregunta formulada, que asumían el riesgo que conllevaba su acción, no de ensañamiento al entender, de acuerdo con lo que se les planteó, que no hubo intención de causar la muerte. En el caso de Kaio A.S.C. se le considera culpable de asesinato por siete votos. Por unanimidad, si se le considera autor del robo del móvil de la víctima.

Además, se han rechazado las atenuantes de consumo de alcohol y/o drogas planteada por alguna de las defensas para sus clientes mientras que sí se ha entendido que existe agravante de discriminación por la orientación sexual a la víctima en el caso de Diego M.M., la persona que inició la agresión al pensar que el fallecido le estaba grabando.

HECHOS PROBADOS

En el caso de Diego M.M. ha habido un voto por unanimidad en la mayoría de las preguntas planteadas en su caso, un total de 25, siendo menos de la decena las que consideraron no probadas. En su caso, entienden que actuó con «animadversión» por la orientación sexual de la víctima, con insultos de ‘maricón’, según se expuso en el juicio en la Audiencia de A Coruña.

«Y eso desencandenó la agresividad», ha señalado en la lectura del veredicto la persona que ha actuado como portavoz y después de que se haya considerado la citada agravante.

Mientras, de Alejandro F.G. han considerado que «propinó golpes durante la persecución» remitiéndose para ello, entre otras cuestiones, a imágenes exhibidas en la vista. Lo consideran culpable al entender que intervino en los hechos y no ven prueba para aplicar las atenuantes de consumo de alcohol y drogas ese día en base al comportamiento que se ve en las imágenes. También rechazan como atenuante un trastorno mixto de personalidad por ser un informe de un especialista «solo en base a lo que dice la familia y el acusado».

De Kaio A.S.C, lo condenan al estimar probado que cargó la pierna para lanzar una patada, en base a lo dicho por un testigo y los policías. En su caso, parte de las preguntas han sido por unanimidad pero otras solo por siete votos como el caso de su culpabilidad en relación a la muerte. Por unanimidad, concluyen el robo del móvil de Samuel por su parte en base a las propias declaraciones del acusado, que negó que supiera que era de al víctima, y de testificales.

En el caso de Alejandro M.R. se le considera cómplice de asesinato, por siete votos. «No contamos con ningún testigo que le viera agredir, pero sí lo sitúan en núcleo de personas que rodeaban a Samuel». «No está acreditado que golpeara, lo hacían otros miembros pero sí que entra en el núcleo de agresión, no hemos encontrado pruebas que acrediten su versión de que intentó separar, no se desvincula del núcleo», ha aseverado el portavoz.

ÚNICA ABSOLUCIÓN, LA MUJER

Por el contrario, han entendido que Catherine S.B., la entonces pareja de Diego M.M., no es culpable ni como coautora de asesinato ni como cómplice. Así, han indicado, pese a reconocer un empujón, que no se puede dar por probado que apartara a la amiga de Samuel para evitar que pudiera auxiliarlo, como ella sí declaró.

«No era parte del grupo agresor», han manifestado para incidir en que «trató» de separar a su entonces novio aunque considerando que no con todos los actos necesarios.

Esto tras una lectura del veredicto que se ha prolongado durante más de una hora al ser cinco las preguntas contestadas, por unanimidad, en base a hechos generales: cómo ocurrieron, la causa de la muerte de Samuel, — lesiones acumulativas, según los forenses– o las secuelas de los padres.

A ellas, se sumaron otras 115 distribuidas entre los distintos acusados, en algunos casos por unanimidad considerados probados los hechos y en otros no probados, con diferencia entre procesados ya que en algún caso fueron por unanimidad casi todas las respuestas a cuestiones planteadas y en otras por siete votos a favor o descartando en el caso de la chica cualquier implicación.

 

Fuente: www.europapress.es