estos son los años cotizados que necesitarás

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Como viene siendo habitual en los últimos lustros, el año nuevo llega con un cambio en la edad de jubilación. En 2025, los trabajadores que se quieran retirar de mercado de trabajo con el 100% de la pensión deberán esperar algo más.

Las últimas reformas del sistema han ido encaminadas a tratar de sostener el sistema ya que uno de los grandes retos es hacer frente a la escalada de gasto que supone la jubilación de la generación del ‘baby boom’, algo que ya ha comenzado a producirse.

La nueva edad de jubilación en 2025

Hay que tener en cuenta que la edad de jubilación, aunque se aprueba con carácter general, no afecta a todos los trabajadores por igual. Principalmente, porque se debe distinguir entre aquellos que tienen una vida laboral larga frente a otros en la que es algo menor.

Los primeros, es decir, quienes tienen una trayectoria de más de 38 años y tres meses, podrán seguir jubilándose a los 65 años. El resto, lo hará más tarde.

En este año que sale, los trabajadores que habían cotizado 38 o más años se han podido jubilar con 65 años. Aquellos que han cotizado menos de ese límite podían hacerlo a los 66 años y 6 meses para no tener penalización.

Ahora, en 2025, la edad de jubiliación será de 65 años para quienes hayan cotizado 38 y tres meses y de 66 años y ocho meses para quienes hayan cotizado por debajo. Así, en el año que entra los cambios son dobles. Por un lado, se amplía en tres meses el mínimo exigido para jubilarse con una vida laboral larga. Por otro, quienes no tengan tantos años cotizados deberán esperar para jubilarse dos meses más respecto a los que lo hicieron en 2024.

Todos estos cambios van encaminados a cumplir el objetivo de aumentar la edad de jubilación para que a partir de 2027 esta llegue a los 67 años como edad ordinaria.

  • 2024: 38 o más años cotizados – 65 años | 38 o menos años cotizados – 66 años y 6 meses

  • 2025: 38 años y 3 meses o más cotizados – 65 años | 38,3 meses o menos cotizados – 66 años y 8 meses

  • 2026: 38 años y 3 meses o más cotizados – 65 años | 38,3 meses o menos cotizados – 66 años y 10 meses

  • 2027: 38 años y 6 meses o más – 65 años | Menos de 38 años y 6 meses – 67 años

En el caso de las jubilaciones anticipadas, las penalizaciones se endurecerán también con el próximo año. En 2025 será necesario tener al menos 64 años y 8 meses en caso de contar con menos de 38 años de cotización para poder retirarse antes de tiempo. En el caso de disponer de 38 años o más de cotización, será posible acceder al retiro anticipado voluntaria a partir de los 63 años.

De esta manera, quienes no cumplan con estos requisitos tendrán penalizaciones que se aplican por cada mes de adelanto. Por el contrario, quienes alarguen su vida laboral más allá de la edad de jubilación recibirán incentivos. Estos cambios permiten a la Seguridad Social, por un lado, mantener a más trabajadores para financiar el sistema de pensiones y, por otro, retrasar el pago de las pensiones de jubilación.

Fuente: www.abc.es