Un año de cárcel para el exdirector de Catalunya Ràdio Saül Gordillo por la agresión sexual a una redactora

Un año de cárcel para el exdirector de Catalunya Ràdio Saül Gordillo por la agresión sexual a una redactora




Un año de cárcel para Saül Gordillo por la agresión sexual a una redactora, cuando el periodista dirigía un diario digital. La juez también impone dos años de libertad vigilada al exdirector de Catalunya Ràdio y otros dos de inhabilitación para cualquier oficio que conlleve contacto con menores, así como la prohibición de acercarse a menos de 1.000 metros de la víctima, por unos hechos que ocurrieron tras la cena de empresa de la plantilla, en diciembre de 2022, cuando la celebración se trasladó a una discoteca de Barcelona, la sala Apolo. Allí, según recoge el fallo del Juzgado de lo Penal 7 de la ciudad, Gordillo, ya de madrugada, «con ánimo de satisfacer su deseo sexual y atentar contra la libertad sexual» de la víctima, se acercó a ella de «forma furtiva» para que «no pudiera ver cómo su mano derecha de forma disimulada bajaba por su espalda», «le agarró de las nalgas y desplazó la mano buscando su vagina, sin poder alcanzarla de forma directa por impedírselo la ropa que ella portaba, mientras que con la mano izquierda sujetaba su consumición».

El fallo, contra el que cabe recurso, apunta que en aquel momento, mientras la redactora pedía una consumición en la barra, «se volvió a acercar a ella por la espalda y con la mano izquierda por debajo del camal del pantalón tipo ‘short’, llegó hasta su vagina, y le colocó los dedos entre las medias y el short, con intención de masturbarla». Tras lo ocurrido, apunta la juez, la periodista «continuó en la barra, en una clara disociación cognitiva». Luego se desplazó con Gordillo hasta una de las pistas de baile, y, unos minutos más tarde, «reaccionó y al encontrarse con otros compañeros asumió lo que había pasado, con un evidente estado de nerviosismo, ansiedad y desconcierto» y les explicó lo que había ocurrido.

Al día siguiente, la denunciante acudió a un centro de salud con un cuadro de ansiedad y le pautaron un ansiolítico. Allí volvió 24 horas más tarde, y le dieron la baja, «por la afectación psicológica de lo sucedido». Según considera probada la sentencia, la redactora «ha padecido trastorno por estrés postraumático, presentando angustia, desbordamiento emocional, tristeza aguda, pensamientos intrusivos y circulares, dificultades para dormir, alteraciones del hambre, e irritabilidad, con sentimientos de culpa y vergüenza», por lo que ha recibido tratamiento médico.

Pruebas

La juez apunta en su resolución que la denunciante, que cuando ocurrieron los hechos tenía 23 años, no tiene recuerdo de haber entablado conversación con Gordillo durante la cena de empresa. Este, si bien era el director del digital, no era su jefe directo, por lo que no tenían relación. Aquella noche, junto a otro compañero, compartieron un taxi desde el restaurante hasta llegar a la sala Apolo. Durante el trayecto, no hubo ni «actitud cariñosa» ni «flirteo», apuntó la redactora. Una vez en la discoteca, ante los tocamientos de él, ella se quedó «bloqueada». Luego cogió su móvil, «como acto reflejo», y reconoció haber bailado con él tras lo ocurrido, hasta que pidió «auxilio» a otros redactores del diario. Uno de ellos, al verla tan nerviosa, «le ofreció un trozo» de un ansiolítico.

La defensa de Gordillo apuntó que el consumo del fármaco podía haber «mermado y/o afectado» la capacidad cognitiva de la denunciante, algo que descarta la juez al entender que su ingesta fue posterior a los tocamientos. Durante el juicio, el pasado 12 de noviembre, el periodista reconoció dos «contactos» pero negó haberle tocado los genitales a la redactora. Además, apunto que ella le lanzaba piropos en una situación de «seducción y flirteo».

«El acusado no ha entendido el más que necesario cambio de mentalidad y protección a la libertad sexual de las mujeres», reza el fallo

Tras conocer el fallo, la defensa del exdirector de Catalunya Ràdio ha avanzado que lo recurrirá. En un comunicado, su abogado reitera que las imágenes de las cámaras de seguridad de la discoteca «muestran de forma objetiva una interacción» entre Gordillo y la redactora, lo que, para el letrado, supone la existencia de «consentimiento» de los hechos. Además, reprocha la alusión a la «clara disociación cognitiva» que recoge la juez, cuando la denunciante acude a la pista de baile con el director del digital, antes de contar lo ocurrido a sus compañeros y entrar en estado de ‘shock’.

La defensa sostiene además que parece que la sentencia haya olvidado que el consentimiento, tras la modificación del Código Penal con la llamada ‘ley del sólo sí es sí’, no exige que sea verbal sino que se debe valorar en «actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona». Por eso recuerda que el propio fallo ya apunta que «el acusado no ha entendido el más que necesario cambio de mentalidad y protección a la libertad sexual de las mujeres» y que «ha atribuido a la propia perjudicada unas señales de consentimiento que pueden no ser vigentes en la actualidad».

Reitera así que Gordillo sí percibió señales de consentimiento -«si se quiere, erróneo», precisa la defensa- «de que la denunciante consentía». Ese será el argumento del recurso que elevará ante la Audiencia de Barcelona para pedir su absolución.

Tras esta condena, el periodista todavía tiene pendiente un segundo juicio, por el que la Fiscalía le reclama cuatro años de prisión por una supuesta agresión sexual a otra redactora, la misma noche.

Fuente: www.abc.es