quiénes cumplen los requisitos y cómo conseguirlos

quiénes cumplen los requisitos y cómo conseguirlos




Los años de cotización son un elemento fundamental a la hora de acceder a la jubilación o en el momento de obtener ayudas sociales como el paro. Hay un grupo de personas que no cotizaron a pesar de que durante unos años estuvieron desempeñando un trabajo.

Desde el pasado mes de agosto la Seguridad Social ofrece la posibilidad de recuperar esos años y que así consten en la vida laboral.

La modificación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones entró en el BOE el pasado dos de agosto. Como explican desde la Revista de la Seguridad Social es un cambio introducido para aquellos que realizaron prácticas académicas y no cotizaron por ellas.

Quienes pueden recuperar los años de cotización

Fundamentalmente afecta a dos grupos: aquellos que lo hicieron sin remunerar antes de 2024 o quienes lo hicieron antes de 2011 en ambos casos.

  • Prácticas realizadas por alumnos universitarios, ya sea para obtener una titulación oficial (grado, máster o doctorado) o para un título propio de la universidad

  • Prácticas realizadas por alumnos de formación profesional, siempre que no se presten en el régimen de formación profesional intensiva, es decir, siempre que no tengan carácter laboral

  • Prácticas realizadas por alumnos de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo

  • Participantes en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero

En total, quienes hayan realizado estas prácticas sin remunerar pueden restacar hasta cinco años de cotización, es decir, 1.825 días de cotización. Como se especifica en el texto, quienes ya hubiesen recuperado dos años también podrán recuperar otros tres hasta cumplir los cinco. El convenio también permite recuperar los años sin cotización en el extranjero.

Por contra, con carácter general, los pensionistas de jubilación o incapacidad permanente no podrán beneficiarse de este convenio, salvo en unas excepciones estipuladas.

¿Cómo obtener estos cinco años de cotización?

Los años no cotizados se pueden recuperar, pero los interesados deben pagar por ellos. «La base de cotización tendrá en cuenta la de referencia del año en el que se llevó a cabo la actividad y no la de 2024. La norma retoma la fórmula de cálculo de la cuota a ingresar, que ya se pactó para este tipo de convenios en 2011 y que consiste en tomar la base mínima de cotización del grupo 7 del Régimen General vigente cuando se realizaron las prácticas en lugar de la de este año», señala la Seguridad Social.

En el caso de los periodos de prácticas realizados entre 1986 y 2006, la cifra se situaría entre los 40 y 140 euros por mes cotizado. La Seguridad Social permite pagar estas tasas en un máximo de 84 mensualidades, que equivalen a siete años.

Quienes estén interesados en recuperar estos años de cotización podrán suscribir el convenio hasta el 31 de diciembre de 2028 de forma previa al pago de la cotización que les correspondiera.

Fuente: www.abc.es